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Una ITE debe ir respaldada por un protocolo
La Ficha Técnica de la Edificación es el documento principal de un Informe ITE, pero no es suficente. Se trata de un formulario PDF, diseñado y aprobado oficialmente por el Ayuntamiento de Sevilla, y, por lo tanto, de carácter obligatorio. Pero para completar sus anejos correctamente, es necesario seguir las pautas propuestas por el Protocolo de la ITE, el cual ha sido adoptado por la varios Colegios Profesionales de España, bajo diferentes versiones.
Con carácter previo a la redacción del Informe ITE, deberán realizarse todos los estudios previos que a juicio del técnico redactor sean necesarios para obtener un conocimiento suficiente de la edificación y describir los trabajos efectuados para realizar la Inspección (apertura de calos, catas, desmontaje de falsos techos, etc.) en el caso de que hayan sido necesarios para determinar los daños de la edificación.
La Ordenanza ITE del Ayuntamiento de Sevilla, obliga a que el Informe ITE tenga, como mínimo, el siguiente contenido:
- Fecha de la visita o visitas de inspección realizada, planos de situación y fotografías del exterior e interior del edificio expresivas del contenido del informe.
- Descripción detallada del edificio o construcción y número de referencia catastral, con arreglo al Anexo vigente de la Ficha Técnica de la Edificación.
- Desperfectos y deficiencias apreciados con indicación de al menos los siguientes apartados relativos a la seguridad constructiva de la edificación:
- Cimentación y Estructura, con indicación de si el edificio o construcción o parte de los mismos sufren daños que tengan su origen o afecten a cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales que puedan comprometer la resistencia mecánica y estabilidad del edificio o construcción.
- Fachadas y Medianeras, en especial de los elementos que puedan suponer un peligro para la vía pública o zonas interiores de la edificación tales como frentes de forjado, cornisa, aplacados, etc.
- Estanqueidad e instalaciones generales, indicando el estado general de las cubiertas, azoteas, paramentos y carpinterías exteriores, así como el estado general de las redes de fontanería, saneamiento y electricidad.
- Otras condiciones de seguridad, salubridad y ornato que afecten a la habitabilidad y uso efectivo, respecto de otros elementos con deficiencias no contemplados en los apartados anteriores y referentes al mantenimiento o recuperación de las condiciones de habitabilidad o uso efectivo según el destino propio de la edificación o construcción.
- Posibles causas de todos los desperfectos o deficiencias apreciados e indicación de las medidas, trabajos y obras necesarios para solventar los desperfectos y deficiencias señalados, con indicación asimismo de un orden de prioridades para la ejecución de los mismos, haciendo expresa referencia a los plazos necesarios de inicio y ejecución de los mismos.
- Presupuesto estimativo de las medidas, trabajos y obras necesarias.
- En el supuesto de emisión del segundo y sucesivos Informes ITE, indicación del grado de ejecución y efectividad de las medidas, trabajos y obras realizados para cumplimentar las recomendaciones señaladas en los Informes ITE anteriores.
- En la Conclusión Final se debe indicar, de manera inequívoca, que el edificio reúne las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público establecidas en la normativa urbanística y de régimen de suelo, o bien que el mismo no las reúne, debiendo en este último caso el propietario firmar los Compromisos de Ejecución que correspondan.
Es siempre recomedable...
- Pedir referencias: Solicitar al técnico una lista de las ITEs realizadas, para poder contrastar con los correspondientes propietarios su grado de satisfacción, es sin duda la principal garantía de acierto en la elección del técnico.
- No aceptar asesores intermediarios (bufetes de abogados, constructoras, etc...): cuyos intereses van más allá de la realización de una ITE eficaz y económica para la Comunidad de Propietarios y además encarecen el precio final.
- Recuerde que está contratando un informe, no una obra: jamás se comprometa a obra alguna, ni anterior ni posterior a la ITE. Una ITE no tiene por qué llevar aparejada una obra. De hecho, el 90% de nuestras ITEs no requieren actuaciones anteriores o posteriores. Es más, es enormemente recomendable que el técnico contratado para realizar el Informe ITE sea diferente al que diriga las obras (en caso de que las hubiese), y no guarde relación alguna con la empresa constructora contratada.